Etapa 3 de 5
Aprobar el programa (y, si hace falta, la ordenanza)
El programa puede aprobarse por la Alcaldía en unas semanas. Para regular derechos y deberes de los cuidadores, prohibiciones y sanciones hace falta una ordenanza (o modificar la de bienestar animal), que puede venir después.
Qué hay que hacer
- Empieza por el camino rápido: es lo que exige la ley y lo que pide la ayuda estatal. La ordenanza puede venir después.
Camino rápido: solo el programa
Unas semanas
- Providencia de Alcaldía que abre el expediente (modelo).
- Informe de Secretaría sobre el procedimiento y la legislación aplicable.
- Resolución de Alcaldía que aprueba el programa (modelo). También puede aprobarlo el Pleno con unos días de exposición pública: así son unos dos meses.
- Publicación en el boletín oficial de la provincia (o de la comunidad autónoma uniprovincial) y en la sede electrónica, con su fecha. Ese enlace es el que pide la convocatoria estatal.
Camino completo: programa con ordenanza
Tres o cuatro meses
- Consulta pública previa en la sede electrónica antes de redactar la ordenanza (art. 133 Ley 39/2015), y certificado de su resultado.
- Informe de Secretaría y propuesta de Alcaldía al Pleno con el texto.
- Aprobación inicial por el Pleno (mayoría simple).
- Anuncio en el boletín oficial y en el tablón: 30 días hábiles de información pública. Si no hay reclamaciones, el acuerdo inicial pasa a definitivo sin nuevo Pleno.
- Publicación íntegra del texto definitivo en el boletín oficial de la provincia (o de la comunidad autónoma uniprovincial) y envío de copia al Estado y a la comunidad autónoma. Entra en vigor cuando pasan 15 días hábiles desde que la reciben (arts. 56, 65.2 y 70.2 LBRL).
Ver lo que dice la ley (2 citas)
El programa debe fomentar la colaboración ciudadana «regulando, a través de sus normativas municipales, los procedimientos en los que se recogerán derechos y obligaciones de los cuidadores de colonias felinas».
Ley 7/2023, art. 39.1.a
Ordenanzas: aprobación inicial por el Pleno, información pública y audiencia de 30 días como mínimo, resolución de reclamaciones y aprobación definitiva.
Ley 7/1985 (LBRL), art. 49
Plazos
- Solo programa por resolución de Alcaldía: unas semanas (así lo hizo Bohoyo, Ávila).
- Solo programa por el Pleno con exposición pública: unos dos meses (así lo hizo Trijueque, Guadalajara).
- Con ordenanza: unos 3–4 meses (consulta previa, Pleno, 30 días hábiles de información pública y publicación).
Para saber más
Documentos de esta etapa
- Providencia de Alcaldía de inicio del expedientePrimer papel del expediente: la Alcaldía decide empezar a preparar el programa (y, si se quiere, la ordenanza) y pide el informe de Secretaría.
- Modelo orientativo de informe de SecretaríaInforme sobre la legislación aplicable y el procedimiento para aprobar la ordenanza (o el programa) de colonias felinas.
- Resolución de Alcaldía que aprueba el Programa de gestión de colonias felinasLa vía más rápida: decreto de Alcaldía que aprueba el programa, ordena publicarlo con su fecha y comunicarlo a la comunidad autónoma, sin pasar por el Pleno.
- Modelo de Programa municipal de gestión de colonias felinasPrograma completo que cubre el contenido mínimo del art. 39.1 de la Ley 7/2023 (letras a–i). Sirve por sí solo como instrumento de gestión: puede aprobarse por resolución de Alcaldía o por el Pleno.
- Anuncio de consulta pública previa sobre la ordenanza de colonias felinasAnuncio para la sede electrónica antes de redactar la ordenanza (art. 133 de la Ley 39/2015). Recoge los cuatro apartados del art. 133.1 de la Ley 39/2015: problemas, necesidad, objetivos y alternativas.
- Certificado del resultado de la consulta pública previaCertificado de Secretaría que deja constancia de las fechas de la consulta pública previa (art. 133 de la Ley 39/2015) y de las opiniones recibidas.
- Propuesta de Alcaldía y acuerdo de aprobación inicialPropuesta al Pleno para aprobar inicialmente la ordenanza (o el programa), abrir información pública y facultar a la Alcaldía. Con la parte dispositiva del acuerdo.
- Modelo de ordenanza reguladora de la gestión de colonias felinasOrdenanza por artículos para regular el registro de colonias, las personas cuidadoras y su carnet, la alimentación, los terrenos privados, las prohibiciones y el régimen sancionador.
- Anuncios para el boletín oficialLos dos anuncios que hay que publicar: información pública tras la aprobación inicial y aprobación definitiva con el texto íntegro.
- Certificado de Secretaría del acuerdo del PlenoCertificado del acuerdo del Pleno que aprueba inicial o definitivamente la ordenanza (o el programa), con el visto bueno de la Alcaldía, para el expediente, el boletín y la remisión al Estado y a la comunidad autónoma.
- Oficio de remisión del acuerdo al Estado y a la comunidad autónomaOficio para enviar copia del acuerdo o de la resolución (y del texto de la ordenanza o del programa) a la Subdelegación del Gobierno y a la comunidad autónoma, como exige el art. 56 de la Ley 7/1985.