Colonias FelinasGuía CER para ayuntamientos

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Para el ayuntamiento

Providencia de Alcaldía de inicio del expediente

Primer papel del expediente: la Alcaldía decide empezar a preparar el programa (y, si se quiere, la ordenanza) y pide el informe de Secretaría.

Alcaldía (para abrir el expediente)Revisado en octubre de 2026

Datos que tendrás que completar

[y Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas] [MUNICIPIO] [y de la Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas] [ÓRGANO RESPONSABLE] [LEY AUTONÓMICA DE BIENESTAR ANIMAL] [PROTOCOLO MARCO AUTONÓMICO] [Solo si hay ordenanza:] [SEDE ELECTRÓNICA] [NÚMERO] [APLICACIÓN PRESUPUESTARIA]

Providencia de Alcaldía

Nota del modelo: Es el documento con el que arranca el expediente. Elige lo que vayas a aprobar: solo el programa (lo más sencillo) o el programa y una ordenanza. Borra lo que no uses.

Asunto: Programa municipal de gestión de colonias felinas [y Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas] de [MUNICIPIO].

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, dispone que, en ausencia de otra previsión en la legislación autonómica, corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, a cuyos efectos deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas con el contenido mínimo de su artículo 39.1.

En el término municipal hay gatos comunitarios que conviene atender, esterilizar e identificar para que las colonias no crezcan y se mantenga la buena convivencia vecinal.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

Dispongo

PRIMERO. Iniciar el expediente para la aprobación del Programa municipal de gestión de colonias felinas de [MUNICIPIO] [y de la Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas].

SEGUNDO. Encargar a [ÓRGANO RESPONSABLE] la redacción del texto, con el contenido mínimo del artículo 39.1 de la Ley 7/2023 y, en su caso, lo que añadan la [LEY AUTONÓMICA DE BIENESTAR ANIMAL] y el [PROTOCOLO MARCO AUTONÓMICO].

TERCERO. [Solo si hay ordenanza:] Someter la iniciativa a consulta pública previa en la sede electrónica ([SEDE ELECTRÓNICA]) durante [NÚMERO] días, de acuerdo con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

CUARTO. Solicitar a la Secretaría informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir (artículo 3.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo).

QUINTO. Incorporar al expediente una estimación del gasto del primer año y de los siguientes, y la aplicación presupuestaria con la que se atenderá: [APLICACIÓN PRESUPUESTARIA].

Nota del modelo: Para estimar el gasto: la esterilización se hace una sola vez por gato; los años siguientes queda el mantenimiento veterinario de los gatos ya esterilizados, que el Ministerio estima en 80 € por gato y año (Plan de Acción 2026-2030, pág. 15). Para empezar basta con las colonias que ya conocéis.

Nota del modelo: Si solo se aprueba el programa, la consulta pública previa del art. 133 no suele exigirse, porque el programa no es una ordenanza ni un reglamento; la Secretaría lo dirá. Si la hacéis igualmente, usa el modelo de anuncio de consulta pública y el certificado de su resultado.

En [MUNICIPIO], a [FECHA].

En [LUGAR], a [FECHA].
El/La Alcalde/sa
Fdo.: [NOMBRE Y APELLIDOS]

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