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Para el ayuntamiento

Anuncio de consulta pública previa sobre la ordenanza de colonias felinas

Anuncio para la sede electrónica antes de redactar la ordenanza (art. 133 de la Ley 39/2015). Recoge los cuatro apartados del art. 133.1 de la Ley 39/2015: problemas, necesidad, objetivos y alternativas.

Secretaría (publicación en la sede electrónica)Revisado en octubre de 2026

Datos que tendrás que completar

[MUNICIPIO] [15] [SEDE ELECTRÓNICA]

Consulta pública previa sobre la Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas de [MUNICIPIO]

De acuerdo con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, antes de elaborar el proyecto de ordenanza se abre una consulta pública para recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas.

Problemas que se pretenden solucionar

En el municipio existen colonias de gatos comunitarios cuya población crece sin control, con consecuencias para el bienestar de los animales, la salud pública y la convivencia vecinal. La Ley 7/2023, de 28 de marzo, obliga a los ayuntamientos a gestionarlas mediante un Programa de Gestión de Colonias Felinas y remite a la normativa municipal la regulación de los derechos y deberes de las personas cuidadoras.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La ordenanza es necesaria para cumplir el mandato del artículo 39 de la Ley 7/2023, dar cobertura normativa al programa municipal, ordenar la colaboración de las personas que ya atienden las colonias y establecer las prohibiciones y el régimen sancionador aplicables.

Objetivos de la norma

Posibles soluciones alternativas

Plazo y forma de participación

Las opiniones podrán presentarse durante [15] días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en la sede electrónica, a través del registro electrónico del Ayuntamiento ([SEDE ELECTRÓNICA]) o en el registro presencial.

Nota del modelo: El art. 133 no fija la duración de la consulta. Deja un plazo suficiente (por ejemplo, 15 días hábiles; los plazos en días son hábiles salvo que se diga otra cosa, art. 30.2 de la Ley 39/2015). Guarda el certificado de las opiniones recibidas para el expediente.

En [LUGAR], a [FECHA].
El/La Alcalde/sa
Fdo.: [NOMBRE Y APELLIDOS]

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