Etapa 1 de 5
Conocer la obligación
La Ley 7/2023 encarga a los ayuntamientos la gestión de los gatos comunitarios mediante un Programa de Gestión de Colonias Felinas basado en el método CER.
Qué hay que hacer
- Leer los artículos 38 a 42 de la Ley 7/2023 y la ley de bienestar animal de tu comunidad autónoma, que puede añadir requisitos pero no rebajar los de la ley estatal.
- Saber qué debe incluir el programa como mínimo (art. 39.1, letras a–i): colaboración ciudadana, atención veterinaria a cargo del ayuntamiento, censo, esterilización, plan sanitario, protocolo de conflictos, formación, un lugar para la retirada temporal de los gatos en caso de necesidad e informe anual a la comunidad autónoma.
- Consultar el protocolo marco autonómico (art. 40), que fija criterios de registro, alimentación y acreditación. Si tu comunidad todavía no lo ha aprobado, no esperes: sigue la Directriz técnica del Ministerio (agosto de 2024) y escribe en el programa que se adaptará cuando se apruebe el protocolo.
- Tener claro lo que no dice la ley: no fija un plazo ni un importe mínimo, pero el programa es obligatorio y es requisito para pedir la ayuda estatal.
Ver lo que dice la ley (2 citas)
«…en ausencia de otra previsión en la legislación autonómica, y respetando el ámbito competencial establecido por la legislación vigente, corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, a cuyos efectos deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas…»
Ley 7/2023, art. 39.1
Los gatos comunitarios deben estar identificados con microchip a nombre de la administración local y esterilizados (art. 38.2).
Ley 7/2023, art. 38.2
Plazos
- Sin plazo legal expreso: la obligación está vigente desde el 29 de septiembre de 2023.
Documentos de esta etapa
- Guía rápida: el programa de colonias felinas en cinco pasosResumen de la hoja de ruta para la Alcaldía y la Secretaría: qué exige la ley, qué hay que aprobar, cuánto cuesta y cómo se mantiene.